A finales de febrero el gobierno anunciaba la posibilidad de acogerse
a la dación en pago -la entrega de la vivienda para saldar la
hipoteca-, a aquellas familias que tuvieran todos sus miembros en paro y
que no contaran con ingresos adicionales suficientes para afrontarlo, y
siempre y cuando, se tratase de la primera vivienda. Familias, como el
propio ministro de Economía, Luis de Guindos, definió en “umbral de
exclusión”.
“La dación en pago debe ser una excepción, pero la triste realidad es
que algunas viviendas que entregan las familias es el único activo que
tienen”, comentó de Guindos en el Congreso de los Diputados. Ésta es una
de las medidas que forma parte del paquete de medidas recogidas por el
gobierno en un ‘código de buenas prácticas’ dirigido a las entidades
financieras, de carácter voluntario, motivo principal por el cual la
Plataforma de Afectados por la Hipoteca
(PAH) presentó una propuesta por medio de Joan Coscubiela de Iniciativa
per Catalunya Verds (ICV) en el Congreso. En ella se pedía la
aprobación de la dación en pago con efectos retroactivos para aquellos
casos de residencia habitual y deudores de buena fe. Una dación en pago
obligatoria para las entidades financieras, y no voluntaria como la
promovida por el ministro de Guindos. El pasado martes 6 de marzo se
votó la propuesta en el Congreso dando como resultado 36 votos a favor,
181 en contra y 118 abstenciones. El PSOE opto por esta última opción,
la de abstenerse. Debido a este resultado se aprobará por decreto ley un
código de buenas prácticas voluntario para la banca,
lo que se había propuesto desde el inicio por parte del ministerio de
Economía. Tal y como advirtió de Guindos el día que presentó la
propuesta, “habrá que actuar con cautela” para evitar un acogimiento a
esta cláusula de forma “abusiva y fraudulenta”. Los bancos, por su
parte, podrán deducirse las pérdidas de la dación en pago que se
produzcan.

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