Así ocurrirá si quienes se presenten a las oposiciones a profesor de Secundaria convocadas este verano por la Comunidad de Madrid justifican ante el tribunal correspondiente que motivaciones relacionadas con su fe "u otras de naturaleza análoga" le impiden presentarse a las pruebas el día obligado.
Esta posibilidad se encuentra recogida dentro del Anexo VII de la resolución publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el pasado 11 de mayo y por la que se convocan190 plazas al cuerpo docente de la ESO.
Con carácter general, la ausencia de las pruebas supone que el aspirante sea excluido del proceso
Bajo el epígrafe 'Instrucciones sobre la actuación de los tribunales', la Consejería de Educación establece que los aspirantes convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones. Serán excluidos del proceso quienes no comparezcan "salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal".
Seis líneas más abajo, la resolución abre la puerta a la"inasistencia puntual" por "razones religiosas u otras de naturaleza análoga, siempre que con ello no se vulnere el principio de igualdad". El texto no fija en qué plazo debe comunicarse la voluntad de no asistir, solo establece que se haga "con la mayor antelación posible".

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